Micelio

Artículo 6

º

Decreto 1015 de 1995 · por el cual se reglamenta la Ley 129 de 1931 aprobatoria del Convenio número 22 de la Organización Internacional del Trabajo sobre contrato de enrolamiento de la gente de mar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Contenido del contrato . El contrato de enrolamiento además de la especificación clara de los derechos y deberes de cada parte, deberá contener los siguientes datos

1.

Los nombres y apellidos, fechas de nacimiento o las edades, lugares de nacimiento y domicilio de las partes.

2.

El lugar y fecha de celebración del contrato.

3.

La designación del buque o buques a bordo de los cuales se compromete a servir el interesado, cuando el contrato es por viaje.

4.

El viaje que va a emprender, si ello puede determinarse al celebrarse el contrato.

5.

El cargo que va a desempeñar el interesado.

6.

Si es posible el lugar y la fecha en que el interesado esté obligado a presentarse a bordo para comenzar su servicio.

7.

El importe de los salarios, su forma y períodos de pago.

8.

La duración del contrato, es decir

a)

Si el contrato se ha celebrado por una duración determinada;

b)

Si el contrato ha sido celebrado por un viaje, el puerto de destino y el tiempo que deberá transcurrir después de la llegada para que el interesado pueda ser licenciado;

c)

Si el contrato se ha celebrado por duración indeterminada, las condiciones que permitan a cada parte terminarlo, así como el plazo de aviso, que no podrá ser más corto para el empleador que para la Gente de Mar.

9.

Las vacaciones anuales o proporcionales que conceden a la Gente de Mar al servicio del mismo empleador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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