Micelio

Artículo 18

El Sistema Nacional De Salud, Mediante Sus Organismos De Dirección Controlará Y Vigilará El Destino Y Utilización De Los Suministros En Las Entidades Que Presten Servicios De Salud

Decreto 526 de 1975 · Por el cual se dictan normas sobre los Subsistemas Nacionales de Inversión, Información, Planeación, Suministros, Personal e Investigaciones del Sistema Nacional de Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Sistema Nacional de Salud, mediante sus organismos de dirección controlará y vigilará el destino y utilización de los suministros en las entidades que presten servicios de salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 526 de 1975