º. Efectuada la anotación en el Registro Público, la correspondiente Comisión del Servicio Civil expedirá la respectiva certificación sobre los datos registrados con destino al empleado y a la entidad a la cual éste pertenezca. Esta, a través del Jefe de Personal o de quien haga sus veces, con base en dicha certificación, será la encargada de certificar sobre la situación del empleado frente a la carrera administrativa, sin perjuicio de las certificaciones o constancias que expidan las Comisiones Nacional y Seccionales del Servicio Civil, cuando les sean solicitadas.
Decreto 1430 de 1996 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 1430 de 1996 · por el cual se establecen reglas para la inscripción y la actualización en el escalafón de la carrera administrativa.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.