Micelio

Artículo 28

Las Directivas Y El Personal Docente De Tiempo Completo No Podrán Retirarse Del Plantel Durante La Jornada De Trabajo, A Menos Que Se Trate De Actividades Relacionadas Con El Mismo Y El Tiempo No Empleado En Clases Se Dedicará A La Preparación Académica De Las Mismas, A La Orientación Vocacional Y Profesional O A La Investigación De Asuntos Pedagógicos Y A La Promoción Dentro De Los Establecimientos De Toda Suerte De Actividades Eminentemente Educativas, Y, Por Lo Tanto Estarán En Permanente Disponibilidad, Conforme A Las Necesidades Del Servicio

Decreto 223 de 1972 · Por el cual se dictan disposiciones sobre escalafón del personal docente y se establecen derechos, deberes, estímulos sanciones del mismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las directivas y el personal docente de tiempo completo no podrán retirarse del plantel durante la jornada de trabajo, a menos que se trate de actividades relacionadas con el mismo y el tiempo no empleado en clases se dedicará a la preparación académica de las mismas, a la orientación vocacional y profesional o a la investigación de asuntos pedagógicos y a la promoción dentro de los establecimientos de toda suerte de actividades eminentemente educativas, y, por lo tanto estarán en permanente disponibilidad, conforme a las necesidades del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 223 de 1972