Micelio

Artículo 41

Decreto 384 de 1985 · Mediante el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967 y 20 de 1969 en relación con metales preciosos y se modifica el decreto 1275 de 1970

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando se use mercurio en la explotación de los yacimientos de metales preciosos de aluvión, el beneficio se llevará a cabo en una planta localizada en tierra o bien, utilizando la tecnología adecuada de manera que se elimine el uso del mercurio en el proceso.

Parágrafo

Los titulares de derechos otorgados por la Nación que realizan la explotación utilizando dragas, adecuaran su tecnología a lo previsto en el inciso anterior en el término de un (1) año, prorrogable hasta por otro tanto, contado a partir de la vigencia de este Decreto. Para tales efectos, presentarán al Ministerio de Minas y Energía, en el término de tres (3) meses, el programa de modificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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