Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1297 de 1994 · por el cual se establecen los mecanismos para la consolidación y asunción de la deuda de la Nación, y demás entidades estatales por concepto de la inversión y manejo de reservas del Instituto de Seguros Sociales y se fijan los procedimientos para su pago

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La Nación reconocerá una rentabilidad al portafolio de inversiones para las reservas de los seguros de invalidez, vejez y muerte del ISS a partir del 1º de junio de 1994 y hasta la expedición del Decreto reglamentario del artículo 54 de la Ley 100 de 1993, con base en lo previsto en el artículo segundo del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1297 de 1994