Micelio

Artículo 251

La Formación De La Cartilla Debe Continuarse O Iniciarse Con El Ingreso Del Condenado Al Establecimiento Y Proseguirse En Forma Que Esté Al Día En La Primera Quincena De Cada Mes, O Antes, Si Fuere Trasladado A Otra Parte

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La formación de la Cartilla debe continuarse o iniciarse con el ingreso del condenado al Establecimiento y proseguirse en forma que esté al día en la primera quincena de cada mes, o antes, si fuere trasladado a otra parte.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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