Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Relaciones Exteriores Capítulo 20: Del Artículo 179

Decreto 1727 de 1942 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Capítulo 20: Del artículo 179. Para atender al pago de arrendamiento de edificios al servicio de las Embajadas y Legaciones de Colombia en el Exterior, en el año $ 3.992.43 Capítulo 19: Al artículo 171. Para útiles de escritorio, conservación y reparación de muebles y equipo mecánico, en el año $1.869.43 Al artículo 172. Para material y gastos varios del Ministerio, combustibles, lubricantes, reparaciones y re puesto de los vehículos al servicio del mismo, en el año $ 2.000.00 Capítulo 23: Al artículo 193-A. Para atender a toda clase de gastos que ocasione la próxima visita a Colombia del señor Presidente del Perú. 96.00 Suman los créditos $ $ 3.992.43

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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