Articulo segundo . La escala de remuneración adoptada en el aiticulo anterior corresponde a los emplees de carácter permanente y de tiempo completo y comprende seis columnas con la siguiente utilización la primera columna corresponde al sueldo de ingreso, que devengará el empleado durante un periodo de un año, contado a partir de la fecha de posesión del cargo; las otras cinco columnas están conformadas por el sueldo de ingreso más un aumento por concepto de Prima de Antigüedad, la cual se aplicará cada año a los empleados que permanezcan en el mismo cargo.
Decreto 1309 de 1973 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1309 de 1973 · Por la cual se establece el régimen de clasificación, remuneración y nomenclatura de empleos para el Instituto Nacional Cancerología
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.