El Titular De Derecho Minero Está En La Obligación De Suministrar A Sus Trabajadores Herramientas Adecuadas Para El Trabajo Que Realizan Y Darles Entrenamiento E Instrucción Para Su Uso Correcto
Decreto 2222 de 1993 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El titular de derecho minero está en la obligación de suministrar a sus trabajadores herramientas adecuadas para el trabajo que realizan y darles entrenamiento e instrucción para su uso correcto.
Parágrafo 1
Las herramientas se utilizarán únicamente en las labores para las cuales fueron diseñadas.
Parágrafo 2
Ningún trabajador quitará o anulará los resguardos de aparatos o dispositivos de seguridad que protejan una máquina, excepto cuando a ésta se le realice mantenimiento o reparación.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.