Las partidas destinadas para el pago de sueldos de los miembros de la Comisión, Secretario, personal subalterno y demás gastos que demande su funcionamiento, se tomaran de la asignada en el Capítulo 50, articulo 610 del Decreto número 3945, sobre Presupuesto Nacional de Rentas y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1950, para el cumplimiento del artículo 153 del Decreto legislativo número 2158 de 1948.
Artículo 10
Las Partidas Destinadas Para El Pago De Sueldos De Los Miembros De La Comisión, Secretario, Personal Subalterno Y Demás Gastos Que Demande Su Funcionamiento, Se Tomaran De La Asignada En El Capítulo 50, Articulo 610 Del Decreto Número 3945, Sobre Presupuesto Nacional De Rentas Y Ley De Apropiaciones Para La Vigencia Fiscal De 1° De Enero A 31 De Diciembre De 1950, Para El Cumplimiento Del Artículo 153 Del Decreto Legislativo Número 2158 De 1948
Decreto 693 de 1950 · Por el cual se organiza la Comisión que formule el proyecto de Código Sustantivo del Trabajo
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.