º. La Empresa Nacional de Telecomunicaciones, que unificará los servicios de las dos actuales Empresas, estará dirigida por una Junta Directiva compuesta de cinco miembros de libre nombramiento y remoción del Gobierno Nacional, la cual será presidida por el Ministerio de Correos y Telégrafos y cuyo Secretario será el mismo de la Empresa.
Decreto 1233 de 1950 →Vigente
Artículo 4
La Empresa Nacional De Telecomunicaciones, Que Unificará Los Servicios De Las Dos Actuales Empresas, Estará Dirigida Por Una Junta Directiva Compuesta De Cinco Miembros De Libre Nombramiento Y Remoción Del Gobierno Nacional, La Cual Será Presidida Por El Ministerio De Correos Y Telégrafos Y Cuyo Secretario Será El Mismo De La Empresa
Decreto 1233 de 1950 · Disposiciones sobre servicios telefónicos, etc
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.