La administración distrital contará durante el período de gobierno con un Plan de Desarrollo elaborado de acuerdo a los principios constitucionales y legales vigentes. El Plan de Desarrollo Distrital será el eje sobre el cual se formularán y elaborarán los demás planes sectoriales del distrito.
Los distritos elaborarán los Planes de Desarrollo Distritales en concordancia con el Plan de Desarrollo Departamental y en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo, según la ley orgánica de la materia.
Si el Plan de Desarrollo Departamental incluye acciones o proyectos en el territorio distrital estas deben ser concertadas previamente con el alcalde distrital.