° De acuerdo con lo establecido en la convocatoria, el período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha de posesión.
Decreto 1021 de 1991 →Vigente
Artículo 2
De Acuerdo Con Lo Establecido En La Convocatoria, El Período De Prueba A Que Se Refiere El Artículo Anterior Tendrá Una Duración De Cuatro (4) Meses, Contados A Partir De La Fecha De Posesión
Decreto 1021 de 1991 · por el cual se hace un nombramiento en período de prueba en el Ministerio de Obras Públicas y Transporte a la doctora Martha Clemencia Tamayo de Gómez.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.