Micelio

Artículo 26

Transitorio Remisión De Información A Coldeportes Sobre Derechos Deportivos

Decreto 776 de 1996 · Por el cual se dictan normas para el funcionamiento de los clubes deportivos profesionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transitorio Remisión de información a Coldeportes sobre derechos deportivos. L os clubes deportivos profesionales que cuentan con reconocimiento deportivo vigente en el momento de la expedición del presente Decreto, remitirán a Coldeportes dentro de los treinta (30) días siguientes a su publicación, la relación de los derechos deportivos de los jugadores o deportistas inscritos en sus registros, anexando copia autenticada de los convenios deportivos celebrados para tal efecto y de los contratos de trabajo suscritos con los jugadores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 776 de 1996