Micelio

Artículo 4

Líneas Dé Intervención

Ley 2383 de 2024 · por medio de la cual se promueve la educación socioemocional de los niños, niñas y adolescentes en las instituciones educativas de preescolar, primaria, básica y media en Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para garantizar las oportunidades de educación socioemocional de los niños; niñas y adolescentes, y de to­dos los actores del proceso educativo, se establecen las siguientes líneas de intervención:

1.

Educación socioemocional y pedagogía de la confianza, liderazgo, la formación en valores y principios éticos, y hábitos saludables en niños, niñas y adolescentes.

2.

Formación permanente en educación: socioemocional para los educadores y educadoras, y los maestros con título de normalista superior y/o licenciados.

3.

Educación socioemocional para las relaciones interpersonales e institucionales.

4.

Escuela socioemocional para padres, madres o representante legal de los niños, niñas y adolescentes.

Parágrafo

Las Líneas de intervención deben diseñarse con base a enfo­ques de promoción y prevención territoriales, culturales, etnográficas, de género, de curso de vida y ambientales que permitan una implementación más efectiva en su formación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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