La partida de cincuenta mil pesos ($ 50.000) votada con imputación al artículo 735 bis, para dar cumplimiento a la Ley 101 de 1923 , debe invertirse por el Gobierno en la construcción del camino de Occidente de Boyacá, a que se refiere el artículo 5° de la citada Ley.
Ley 7 de 1926 →Vigente
Artículo 8
Ley 7 de 1926 · Por la cual se adiciona el cómputo líquido del presupuesto nacional de rentas para el año fiscal de 1o de enero a 31 de diciembre de 1926, se abren varios créditos adicionales al Presupuesto Nacional de gastos de la misma vigencia y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.