°. Objeto . De conformidad con lo establecido en el
del literal b) del numeral 3 del artículo 270 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter), implementará líneas de redescuento en pesos con tasa compensada destinadas a la financiación de proyectos de Vivienda de Interés Prioritario (VIP) y Viviendas de Interés Social (VIS), previa reglamentación por parte de su Junta Directiva.