Micelio

Artículo 3

Decreto 1007 de 1955 · Por el cual se garantiza un empréstito

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Autorizase al Gobierno Nacional para que garantice el empréstito que obtenga la Empresa de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia para la construcción de la extensión del Ferrocarril del Atlántico entre Gamarra y Fundación, mediante la sola aprobación del respectivo contrato por el Presidente de la Públicos, previo concepto favorable del Consejo de Ministros. El empréstito puede ser interno o externo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1007 de 1955