º. Son funciones de Consejo Nacional de Administración y Disciplina
Elaborar el escalafón o escalafones de los empleos de cada ramo, sobre la base de los proyectos que le presenten los distintos Ministerios y Departamentos Administrativos Nacionales, para someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional;
Elaborar, para someterlos a la aprobación del Gobierno, los reglamentos generales que considere convenientes para la buena marcha de la Administración Pública, y estudiar, a petición de los Ministerios o de los Jefes de los Departamentos Administrativos Nacionales, los reglamentos especiales de trabajo a que se refiere el ordinal 9ª del artículo 75 de la Ley 4ª de 1913 y demás disposiciones legales;
Ejercer las funciones que le señala el artículo III de este Decreto, respecto a la admisión de los empleados en la Carrera Administrativa, y establecer las normas que deben regir para comprobar el cumplimiento de las condiciones de admisión;
Servir de Jurado Calificador en los exámenes que se señalen en decretos especiales;
Poner en conocimiento de los Ministros y Jefes de los Departamentos Administrativos Nacionales, de oficio o mediante denuncio de cualquier ciudadano, los hechos de mala conducta o incompetencia de los empleados respectivos, cuando la gravedad de la falta lo requiera, solicitándole el levantamiento del informativo correspondiente;
Dictar los reglamentos de su organización interna, sin perjuicio de lo que se disponga por decreto especial;
Las demás funciones que le señalen las leyes o el Gobierno.