Micelio

Artículo 8

Decreto 2350 de 1991 · por el cual se define la estructura orgánica del Ministerio de Comercio Exterior, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina Juridica. Son funciones de la oficina Jurídica, además de las señaladas en el artículo 17 del Decreto 1050 de 1968, las siguientes

1.

Conceptuar sobre las normas y regulaciones en materia de comercio exterior y aranceles y velar por la unidad de criterio jurídico en las disposiciones que regulan el comercio exterior de bienes, servicios y tecnología.

2.

Revisar los proyectos de ley, decretos y resoluciones relacionados con el comercio exterior y emitir conceptos sobre aspectos legales de los contratos del Ministerio.

3.

Recopilar las normas y reglamentos del comercio internacional de los diferentes mercados y países con los cuales Colombia mantenga un flujo significativo de comercio exterior o que puedan constituir mercados potenciales para los productos o servicios colombianos, con el propósito de crear una base de datos de derecho comparado.

4.

Asesorar a las diferentes áreas del Ministerio de Comercio Exterior en las materias de su competencia, así como en la elaboración de proyectos e interpretación de los tratados, convenios y acuerdos comerciales internacionales en los que el país participe.

5.

Coordinar con las respectivas áreas del Ministerio y de otras entidades de la Administración Pública, los asuntos jurídicos relacionados con el comercio exterior.

6.

Atender los procesos judiciales en que sea parte la Nación - Ministerio de Comercio Exterior - cuando el Ministro así lo determine.

7.

Efectuar cuando resulte necesario, estudios de derecho comparado sobre las normas constitucionales, administrativas, comerciales, tributarias, aduaneras y monetarias existentes en Colombia y en los demás países miembros de esquemas de integración económica en los que el país participe, para conceptuar sobre la compatibilidad de las mismas con los correspondientes ordenamientos jurídicos supranacionales y de integración.

8.

Rendir concepto sobre la vigencia o incorporación en el derecho interno de los compromisos asumidos dentro de los procesos de integración económica en que Colombia sea parte, en coordinación con otros organismos competentes y sobre la incidencia de dichos compromisos en el trámite y las operaciones de comercio exterior.

9.

Supervisar el contenido y publicación de la Gaceta del Ministerio de Comercio Exterior y demás publicaciones de contenido jurídico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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