Art. 1.° Los Archivos del Ministerio de Guerra y Comandancia en Jefe del Ejército estarán á cargo de un Archivero general, con sueldo de General de Brigada, y tres ayudantes, que serán dados de alta en el Cuartel general del Ejército.
Decreto 49 de 1905 →Vigente
Artículo 1
Decreto 49 de 1905 · Que reglamenta la manera de arreglar los archivos del Ramo de Guerra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.