Micelio

Artículo 16

Decreto 2801 de 2005 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 920 de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Valoraciones y provisiones. Para efectos de lo previsto en el presente capítulo, los activos se valorarán por su costo ajustado pero se computarán netos de su respectiva provisión. Las provisiones de carácter general, que ordene la Superintendencia Bancaria de Colombia, no serán deducibles de los activos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2801 de 2005