Micelio

Artículo 2

Destínanse Las Siguientes Sumas Para Campaña Antivenérea Durante El Presente Año: Para Educación Y Propaganda Antivenérea $ 8

Decreto 991 de 1945 · Por el cual se destinan unas sumas para campaña antiepidémica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Destínanse las siguientes sumas para campaña antivenérea durante el presente año: Para educación y propaganda antivenérea $ 8.500.00 Para adquisición de drogas antivenéreas 30.000.00 Para el sostenimiento de la Casa de Rehabilitación de Mujeres, "Betania" de Bogotá mensualmente 300.00 Para organizar en cooperación con los Departamentos y los Municipios de Medellin Barranquilla y Cali, pabellones de aislamiento, estilo "Hogar", para cada uno de ellos 4.500.00 Para dar cumplimiento al Decreto 251, de 9 de febrero de 1940, en relación con el Instituto Profiláctico de Villavicencio 1.200.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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