Micelio

Artículo 27

Los Requisitos Para La Expedición De Pasaporte A Un Menor, Dentro Del Territorio Nacional, Son Los Siguientes: A) Registro Civil De Nacimiento Para Demostrar Parentesco, Expedido Por Notario O Copia Dé Registro De Nacimiento De La Registraduría Nacional Del Estado Civil

Decreto 1700 de 1990 · por el cual se reglamenta la expedición de pasaportes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los requisitos para la expedición de pasaporte a un menor, dentro del territorio nacional, son los siguientes

a)

Registro civil de nacimiento para demostrar parentesco, expedido por notario o copia dé registro de nacimiento de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

b)

Tarjeta de identidad para los mayores de 10 años.

c)

Autorización escrita de sus padres o representantes legales debidamente autenticada ante notario o funcionario consular; a falta de aquéllos, del defensor de familia.

d)

Original y fotocopia autenticada del documento de identidad de los padres del menor o de sus representantes legales.

e)

Tarjeta militar de aplazamiento para los varones entre 17 y 18 años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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