Micelio

Artículo 66

El Producido De Las Multas Impuestas A Los Responsables De Los Delitos Y Contravenciones Descritas En Este Estatuto, Pasará Al Fondo Rotatorio De Estupefacientes Del Ministerio De Salud Pública Y Será Destinado A Los Programas Del Consejo Nacional De Estupefacientes

Decreto 1188 de 1974 · Por el cual se expide el Estatuto Nacional de Estupefacientes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El producido de las multas impuestas a los responsables de los delitos y contravenciones descritas en este estatuto, pasará al Fondo Rotatorio de Estupefacientes del Ministerio de Salud Pública y será destinado a los programas del Consejo Nacional de Estupefacientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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