Micelio

Artículo 54

De Los Viáticos Para Comisiones Mayores De Treinta Días

Decreto 1046 de 1978 · Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos del Departamento Nacional de Planeación, se fijan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los viáticos para comisiones mayores de treinta días. Cuando el comisionado beba permanecer más de treinta (30) días en el mismo lugar, la liquidación de los viáticos se hará a partir del trigésimo primer día, con un descuento de diez por ciento (10%) sobre la cuantía diaria asignada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1046 de 1978