Micelio

Artículo 32

Decreto 1238 de 1892 · Orgánico de la Instrucción pública secundaria y profesional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 32. La Facultad de Ciencias Naturales comprende estos cursos: 1º. Botánica elemental y estudio especial y práctico de las principales familias y de los géneros y especies botánicos usados en Medicina; 2º. Zoología elemental y estudio especial y práctico de las especies zoológicas y sus productos aplicables a la Medicina; 3º. Química general inorgánica; 4º. Física, biología médica; 5º. Química orgánica y biológica; 6º. Zoología superior y elementos de Anatomía comparada; 7º. Antropología elemental; 8º. Botánica superior; 9º. Química analítica; 10. Mineralogía; 11.Geología y Paleontología; 12. Metalurgia y nociones generales de explotación de minas; 13 Química industrial; 14. Dibujo de plantas, rocas y animales al natural.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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