Micelio

Artículo 6

º

Decreto 990 de 1994 · Por el cual se reglamenta la composición del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, ISS, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Incompatibilidades de los representantes. Los representantes designados como miembros del Consejo Directivo del ISS, no adquirirán por este solo hecho, la calidad de empleados públicos, y sus responsabilidades, incompatibilidades e inhabilidades se regirán por las disposiciones que regulan la materia. Adicionalmente, los miembros del Consejo tendrán las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 12 del Decreto 656 de 1994.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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