Autorízase al Municipio de Mariquita del Departamento del Tolima, para ceder a la Nación hasta el setenta y cinco por ciento (75 por 100) de los terrenos planos de propiedad municipal, a cambio de que el Gobierno Nacional haga a su costa el riego adecuado de la totalidad de esos terrenos y parcele entre pequeños agricultores la parte cedida a la Nación.
Ley 23 de 1936 →Modificado
Artículo 1
Ley 23 de 1936 · por la cual se dan unas autorizaciones al Gobierno Nacional y al Municipio de Mariquita (Tolima), sobre el riego y parcelación de tierras
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.