Articulo 4º "Señalase un gravamen del 1% a los gránulos de poliéster saturado tipo dimetil-tereftalato, con un contenido de Oxido de titanio inferior al 0.10% en peso, clasificables por la posición 39.01.04.99, cuando sean importados como materia prima por industrias productoras de bienes para el sector textil. Para tener derecho a este gravamen se deberá cumplir en el momento de la nacionalización con los siguientes requisitos: A) Concepto favorable del Ministerio de Desarrollo o de la entidad que este designe, y B) Clasificación arancelaria expedida por la División de Arancel de la Dirección General de Aduanas".
Decreto 683 de 1981 →Vigente
Artículo 4
"señalase Un Gravamen Del 1% A Los Gránulos De Poliéster Saturado Tipo Dimetil-Tereftalato, Con Un Contenido De Oxido De Titanio Inferior Al 0
Decreto 683 de 1981 · por medio del cual se introducen unas modificaciones en el Arancel de Aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.