Oficina de Control Interno . Son funciones de la Oficina de Control Interno las siguientes
Asesorar y apoyar al Ministro y los Viceministros en la definición de las políticas referidas al diseño e implantación de sistemas de control que contribuyan a garantizar e incrementar la eficiencia, eficacia y calidad de la prestación de los servicios en las diferentes áreas del organismo.
Coordinar, implementar y fomentar sistemas de control de gestión administrativa, financiera y de resultados institucionales.
Realizar evaluaciones periódicas sobre la ejecución del plan de acción y el cumplimiento de las actividades propias de cada dependencia, y proponer las medidas preventivas y correctivas necesarias.
Verificar el cumplimiento de los requisitos administrativos y financieros, establecidos en las disposiciones de procedimiento y control fiscal, para el movimiento de fondos, valores y bienes del organismo.
Velar por la correcta ejecución de las operaciones, convenios y contratos de la entidad y vigilar la correcta inversión de los fondos públicos por parte de las correspondientes dependencias, e informar al Ministro cuando se presenten irregularidades.
Velar porque la atención que presta el Ministerio, se desarrolle de conformidad con las normas legales vigentes y las quejas y reclamos presentados por los ciudadanos en relación con la misión de la institución, sean atendidas oportuna y eficientemente, y rendir a la administración del organismo un informe semestral sobre el particular.
Diseñar e implementar el sistema de auditoría de sistemas del Ministerio, estableciendo normas, metas y objetivos, y efectuar el análisis de los resultados para la toma de acciones preventivas o correctivas.
Verificar que la Oficina de Sistemas de Información y demás dependencias que tengan sistemas automáticos de información, realicen su trabajo cumpliendo las normas, procesos y procedimientos legalmente establecidos.
Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades que busquen la máxima eficiencia en el cumplimiento de los trámites administrativos y en el desarrollo de las labores de cada dependencia.
Velar por la observancia de las normas legales que regulan las operaciones de comercio exterior, por parte de las diferentes dependencias y funcionarios del Ministerio y proponer las medidas correctivas y preventivas del caso.
Verificar el cumplimiento de las normas sobre derechos de autor, en los sistemas de información que utilice y adquiera el Ministerio y certificar anualmente dicho cumplimiento.
Atender oportunamente las peticiones y solicitudes de informes relacionadas con el control interno, efectuadas por la Presidencia de la República, el Departamento Administrativo de la Función Pública y los organismos de control.
Verificar la aplicación y cumplimiento de las medidas que adopte el Gobierno Nacional sobre lucha contra la corrupción, racionalización de trámites y austeridad del gasto, entre otras materias, con el fin de contribuir al mejoramiento y eficiencia en la gestión.
Acompañar y asesorar a las diferentes dependencias del Ministerio en la implementación y desarrollo del proceso de administración del riesgo, y realizar la evaluación y seguimiento del mismo.
Promover la cultura del autocontrol en la gestión de todos los funcionarios del organismo.
Efectuar el seguimiento y evaluación del Sistema de Control Interno, a través de los controles de gestión, de comercio exterior, de industria, de turismo, financiero, administrativo y del recurso humano, informático, de legalidad y de evaluación y verificación.
Evaluar el proceso de planeación analizando objetivamente las variables y factores que se consideren influyentes en los resultados propuestos y logrados.
Diseñar y establecer, en coordinación con las diferentes dependencias, los criterios, métodos, procedimientos e indicadores de eficiencia y productividad para evaluar la gestión y proponer las medidas preventivas y correctivas del caso.
Las demás señaladas por la ley y las inherentes a la naturaleza y funciones de la dependencia, que le sean asignadas.