Si el empleado opta por la incorporación, el Jefe de la entidad, dentro de los diez (10) días calendario siguientes al recibo del escrito que así lo manifiesta, deberá incorporarlo a cargo equivalente en la nueva planta de personal si hubiere la vacante o provisto mediante encargo o nombramiento provisional.
Artículo 47
Si El Empleado Opta Por La Incorporación, El Jefe De La Entidad, Dentro De Los Diez (10) Días Calendario Siguientes Al Recibo Del Escrito Que Así Lo Manifiesta, Deberá Incorporarlo A Cargo Equivalente En La Nueva Planta De Personal Si Hubiere La Vacante O Provisto Mediante Encargo O Nombramiento Provisional
Decreto 1568 de 1998 · por el cual se dicta el régimen procedimental especial de las actuaciones administrativas que deben surtirse ante y por los organismos y autoridades que conforman el Sistema Nacional de Carrera Administrativa y de la Función Pública.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.