º. De la participación democrática en el Sistema General de Riesgos Profesionales. Con el propósito de facilitar la participación democrática de todos los actores del Sistema General de Riesgos Profesionales en las decisiones que los afectan en aspectos o, económicos, administrativos y culturales, el presente Decreto fortalece, reglamenta y estructura los comités Nacional, Seccionales y Locales de Salud Ocupacional.
Decreto 16 de 1997 →Vigente
Artículo 1
De La Participación Democrática En El Sistema General De Riesgos Profesionales
Decreto 16 de 1997 · por el cual se reglamenta la integración, el funcionamiento y la red de los comités Nacional, Seccionales y Locales de Salud Ocupacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.