Micelio

Artículo 2

Ley 1047 de 2006 · por la cual la Nacion rinde homenaje al municipio de Restrepo, departamento del Valle del Cauca, se asocia a la celebracion de los 91 años de su fundacion y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la promulgación de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política se autoriza al Gobierno Nacional para incluir dentro del presupuesto general de la Nación las apropiaciones presupuestales que se requieran para vincularse a la conmemoración de los 91 años de fundación del Municipio de Restrepo, así como para la ejecución de las obras de infraestructura de interés social que se requieran entre las que se encuentran:

Programa: Construcción y dotación de la Casa de la Cultura. Proyecto: Construcción y dotación de la Casa de la Cultura, Municipio de Restrepo, Departamento del Valle del Cauca.

Programa: Ampliación del Parque Calima, Municipio de Restrepo Valle.

Proyecto: Ampliación del Parque Calima, Municipio de Restrepo Valle.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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