Micelio

Artículo 1.2.1.18.73

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Efecto de las anulaciones, resoluciones y rescisiones de los contratos en inversiones en proyectos de Fuentes no Convencionales de Energía (FNCE), o Gestión Eficiente de la Energía (GEE). Cuando se anulen, resuelvan o rescindan los contratos celebrados para llevar a cabo las nuevas inversiones en investigación, desarrollo e inversión en el ámbito de la producción de energía eléctrica con Fuentes no Convencionales de Energía (FNCE) y de acciones o medidas de gestión eficiente de la energía (GEE), incluyendo la medición inteligente, que hayan dado lugar a la deducción de que trata el artículo 11 de la Ley 1715 de 2014, modificado por el artículo 8° de la Ley 2099 de 2021, los contribuyentes deberán restituir el valor deducido incorporándolo como renta líquida por recuperación de deducciones en los términos de los artículos 195 y 196 del Estatuto Tributario en el año gravable en que se anule, resuelva o rescinda el contrato correspondiente.

Parágrafo

Lo señalado en este artículo también aplicará para las inversiones en Proyectos de Hidrógeno Verde y Azul destinados a la producción, almacenamiento, acondicionamiento, distribución, reelectrificación, investigación y uso final, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 2º del artículo 21 de la Ley 2099 de 2021.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 1.2.1.18.73. Efecto de las anulaciones, resoluciones y rescisiones de los contratos en nuevas inversiones en proyectos de Fuentes noConvencionales de Energía -FNCE o Gestión Eficiente de la Energía. Cuando se anulen, resuelvan o rescindan los contratos celebrados para llevar a cabo las nuevas inversiones' en investigación, desarrollo e inversión en el ámbito de la producción de energía eléctrica con Fuentes no Convencionales de Energía -FNCE

o Gestión Eficiente de la Energía que hayan dado lugar a la deducción de que trata el artículo 11 de la Ley 1715 de 2014, los contribuyentes deberán restituir el valor deducido incorporándolo como renta líquida por recuperación de deducciones en los términos de los artículos 195 y 196 del Estatuto Tributario en el año gravable en que se anule, resuelva o rescinda el contrato correspondiente.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1625 de 2016