Estudio de mercado. Para establecer si desde el punto de vista comercial es viable la introducción de la lotería, las entidades administradoras del monopolio deberán elaborar el estudio de mercado determinando y cuantificando la demanda y la oferta mediante el análisis de esquema de precios y el estudio de los canales de comercialización de la lotería tradicional y la de los juegos de suerte y azar sustitutos. El estudio de mercado debe contener como mínimo lo siguiente:
Definición del producto, incluyendo el perfil probabilístico y el valor de los premios ofrecidos;
Análisis de la demanda, indicando distribución geográfica, comportamiento histórico y proyección de la demanda;
Análisis de la oferta, caracterizando los competidores directos y proyectando su desempeño;
Análisis de precios, incluyendo su comportamiento histórico y su proyección;
Descripción de los canales de comercialización.
El estudio de mercado se realizará consultando fuentes primarias y secundarias.
Para analizar la información obtenida de las fuentes primarias se efectuará el correspondiente trabajo de campo y se aplicarán instrumentos de recolección de información a los consumidores, distribuidores, vendedores y al público en general, utilizando procedimientos estadísticos de reconocido valor científico. Las fuentes secundarias serán los registros estadísticos de la industria y de la economía en su conjunto y los propios registros de la empresa cuando sea del caso.
(Art. 45 Decreto 3034 de 2013)