Los pasaportes expedidos por las autoridades colombianas competentes a ciudadanos colombianos, llevará estampillas de timbre nacional por valor de diez pesos ($10) y el retrato del interesado y serán válidos por dos años. Los pasaportes podrán ser revalidados por parte de las autoridades colombianas competentes por períodos de un año, y en la certificación de tales revalidaciones se anularán estampillas de timbre por valor de un peso ($1). Todo pasaporte revalidado por cinco veces consecutivas deberá ser reemplazado por uno nuevo expedido en la forma expresada.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.