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Artículo 1

Fusión De Dependencias

Decreto 1676 de 1997 · por el cual se fusionan unas dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Fusión de dependencias. Fusiónanse la Oficina de Análisis Estratégico y Situacional del Despacho del Ministro, la Oficina de Estudios Económicos Internacionales del Despacho del Viceministro de Europa, Asia, Africa y Oceanía y la Subdirección de Planeación y Seguimiento de la Dirección General de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, en una dependencia que se denominará Dirección General de Planeación y Estudios del Despacho del Viceministro de Relaciones Exteriores, que tendrá las siguientes funciones

1.

Formular los planes sectoriales pertinentes para el desarrollo de política exterior de la República de Colombia, de los compromisos bilaterales o multilaterales adquiridos por el país con otras naciones u organismos internacionales y de los convenios de cooperación internacional.

2.

Apoyar técnicamente a todas las dependencias del Ministerio para el adecuado cumplimiento de sus funciones y colaborar con las mismas en el seguimiento y evaluación del desarrollo de su misión.

3.

Evaluar los planes y programas de trabajo que preparen las dependencias del Ministerio, sugerir las modificaciones pertinentes, evaluar su desarrollo y proponer los nuevos planes y programas para articularlos a los planes sectoriales y a la política exterior del país.

4.

Realizar estudios sobre la economía, el comercio y las finanzas internacionales relevantes para la formulación y ejecución de la política exterior.

5.

Estudiar y analizar las tendencias de la economía nacional, regional y mundial e identificar áreas de interés para el comercio internacional, la cooperación y las inversiones, necesarias para las negociaciones económicas bilaterales o multilaterales.

6.

Adelantar los estudios necesarios para brindar una adecuada asesoría al Consejo Superior de Comercio Exterior, al Viceministro de Relaciones Exteriores, al Director General, a los Comités Sectoriales del Ministerio de Comercio Exterior. Así mismo, apoyar la participación de la Cancillería en los foros o reuniones en los cuales se debatan temas atinentes a la política exterior del país.

7.

Articular los resultados de los estudios económicos nacionales e internacionales con los compromisos bilaterales o multilaterales de Colombia, los acuerdos de cooperación internacional y la agenda exterior del país, en la formulación de los planes sectoriales.

8.

Sistematizar la información técnica de las dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores u otros organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, evaluarla, y preparar las formulaciones ejecutivas sobre estrategias o cursos de acción para consideración del Viceministro de Relaciones Exteriores.

9.

Coordinar con los organismos públicos y privados, la compilación de información discusión de estudios, con el fin de enriquecer las bases para elaborar la planeación sector ofrecer mayores elementos para definir la política exterior de la República.

10.

Realizar los análisis estratégicos y coyunturales requeridos para el desarrollo de las relaciones internacionales de Colombia en aspectos económicos, políticos, sociales, culturales y científico-tecnológicos y ofrecer elementos de juicio al Ministro y al Viceministro de Relaciones Exteriores en el desarrollo de la política exterior del país.

11.

Procesar el material destinado a la memoria anual del Ministro de Relaciones Exteriores al Congreso Nacional, así como el de otras publicaciones de carácter político o histórico que sean encomendadas.

12.

Mantener actualizada la guía diplomática y consular de la República y coordina publicación y distribución con las dependencias competentes.

13.

Actuar como cuerpo consultivo inmediato del Viceministro de Relaciones Exteriores los temas que éste determine.

14.

Suministrar información actualizada y pormenorizada a las misiones de Colombia exterior.

15.

Desarrollar y perfeccionar técnicas y métodos de investigación y análisis de informa, económica.

16.

Adoptar y ejecutar políticas y programas rigurosos y sistemáticos de recopilación recepción, distribución, clasificación y conservación de documentos y publicaciones, estadístcas, informes y estudios en el área económica, con el fin de asegurar la creación y consolidación de completos archivos y bibliotecas especializados en los temas, materias, organismos, foros negociaciones económicas.

17.

Las demás que por su naturaleza sean afines a las anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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