Micelio

Artículo 4

Para Tener Derecho A La Exención Establecida Por El Artículo 2° De La Ley 71 De 1958, Los Contribuyentes Deberán Llevar Los Libros De Contabilidad Prescritos Por El Código De Comercio, De Acuerdo Con Un Sistema Técnico Que Permita Establecer Las Ventas, Ingresos, Costos Y Gastos Generales Relativos A La Impresión De Obras Literarias, Científicas O De Enseñanza

Decreto 2889 de 1960 · Por el cual se reglamenta el artículo 2° de la Ley 74 de 1958

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para tener derecho a la exención establecida por el artículo 2° de la Ley 71 de 1958, los contribuyentes deberán llevar los libros de contabilidad prescritos por el Código de Comercio, de acuerdo con un sistema técnico que permita establecer las ventas, ingresos, costos y gastos generales relativos a la impresión de obras literarias, científicas o de enseñanza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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