Micelio

Artículo 23

Ley 200 de 1995 · por la cual se adopta el Código Disciplinario Único.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La conducta se justifica cuando se comete:

1.

Por fuerza mayor o caso fortuito.

2.

En estricto cumplimiento de un deber legal.

3.

En cumplimiento de orden legítima de autoridad competente emitida con las formalidades legales.

4.

Con la convicción errada e invencible de que su conducta no constituye falta disciplinaria.

De las sanciones según la falta y otras medidas

Calificación de las faltas

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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