Micelio

Artículo 3

Los Empleados De Carrera Administrativa A Quienes Se Les Suprima El Cargo En Virtud De Lo Dispuesto En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Y No Sean Incorporados A La Planta De Personal De Que Trata El Artículo 2° Del Presente Decreto, Tendrán Derecho A Optar Por La Indemnización O Reincorporarse A Empleo Equivalente, De Conformidad Con Lo Consagrado En El Decreto-Ley 760 De 2005, En Concordancia Con El Artículo 44 De La Ley 909 De 2004 Y Los Artículo 87 Y 90 Del Decreto 1227 Del 2005

Decreto 271 de 2010 · por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, y no sean incorporados a la planta de personal de que trata el artículo 2° del presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o reincorporarse a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en el Decreto-ley 760 de 2005, en concordancia con el artículo 44 de la Ley 909 de 2004 y los artículo 87 y 90 del Decreto 1227 del 2005.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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