Micelio

Artículo 1

Los Encargados De La Administración De Rentas Departamentales Están Obligados A Vender A Los Productores De Vinos De Frutas El Alcohol Que Necesiten Para Su Producto, Todo De Conformidad Con Lo Prescrito En El Artículo 3º De La Ley 34 De 1925, Y Serán Responsables De Cualquier Perjuicio Que Resulte Del Incumplimiento De La Presente Disposición

Decreto 1433 de 1934 · Por el cual se adiciona el marcado con el número 2060 de 1933, y se reglamenta el artículo 3° de la Ley 34 de 1925.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los encargados de la Administración de Rentas departamentales están obligados a vender a los productores de vinos de frutas el alcohol que necesiten para su producto, todo de conformidad con lo prescrito en el artículo 3º de la Ley 34 de 1925, y serán responsables de cualquier perjuicio que resulte del incumplimiento de la presente disposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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