Micelio

Artículo 1

Las Autoridades Nacionales, Departamentales O Municipales, Según El Caso, Podrán Suspender Hasta Por El Término De Noventa (90) Días A Los Profesores De Enseñanza Medio O Primaria Que Promuevan O Realicen, En El Recinto De Los Establecimientos Educativos O En Lugares Públicos, Actos Que Atenten Contra El Orden Público O Dificulten Su Restablecimiento, Tales Como Paros O Asambleas Que Impidan La Vida Académica Normal Y Otras Actividades Extra-Académicas Que Conduzcan A Los Mismos Resultados

Decreto 508 de 1972 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con el restablecimiento del orden público

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las autoridades nacionales, departamentales o municipales, según el caso, podrán suspender hasta por el término de noventa (90) días a los profesores de enseñanza medio o primaria que promuevan o realicen, en el recinto de los establecimientos educativos o en lugares públicos, actos que atenten contra el orden público o dificulten su restablecimiento, tales como paros o asambleas que impidan la vida académica normal y otras actividades extra-académicas que conduzcan a los mismos resultados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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