Micelio

Artículo 4

El Gravamen De Los Ciento (2%) Señalado En La Nota Adicional (3) Del Capítulo 73 Del Arancel De Aduanas, Artículo 3° Del Decreto 1280 De 1975, Para Las Chapas De Hierro O Acero Laminadas En Frio De Menos De 3mm

Decreto 1608 de 1975 · Por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduans

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El gravamen de los ciento (2%) señalado en la nota adicional (3) del Capítulo 73 del Arancel de Aduanas, artículo 3° del Decreto 1280 de 1975, para las chapas de hierro o acero laminadas en frio de menos de 3mm. de espesor comprendidas en el ítem 73.13.03.08 para la fabricación de hojalata estañada, será aplicable también a las llegadas al país con anterioridad al 30 de junio del año en curso siempre que aun no hayan sido nacionalizadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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