ARTICULO 2°. Objetivos . Corresponde al Ministerio de Justicia y del Derecho la formulación y adopción de las políticas y planes sectoriales. Los organismos del sector adscritos o vinculados al Ministerio, serán los ejecutores de las políticas en sus respectivos campos de acción.
Decreto 2157 de 1992 →Vigente
Artículo 2
Objetivos
Decreto 2157 de 1992 · Por el cual se reestructura el Ministerio de Justicia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.