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Artículo 26

Funciones De La Subdirección De Inversiones Para El Desarrollo Social Y La Administración General Del Estado

Decreto 3517 de 2009 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección de Inversiones para el Desarrollo Social y la Administración General del Estado. Son funciones de la Subdirección para el Desarrollo Social y la Administración General del Estado

1.

Adelantar las acciones requeridas para el cumplimiento de las funciones de la Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas asociadas a los sectores de Protección Social, Acción Social, Educación, Ambiente, Vivienda, Desarrollo Territorial, Cultura, Deporte, Hacienda, Interior y Justicia, Congreso de la República, Empleo Público y Dansocial.

2.

Coordinar y preparar el Plan Plurianual de Inversiones a incluir en el Plan Nacional de Desarrollo, en relación con los sectores a su cargo.

3.

Coordinar las actividades relacionadas con los procesos de programación, seguimiento, modificación y control del Presupuesto General de la Nación de los sectores a su cargo, de acuerdo con las competencias asignadas al Departamento.

4.

Coordinar y dar cumplimiento a las políticas de inversión pública de los sectores a su cargo, garantizando su coherencia con el Plan de Inversiones Públicas y el Marco de Gasto de Mediano Plazo, así como priorizar los proyectos del Plan Operativo Anual de Inversiones, POAI, para su inclusión en la Ley Anual del Presupuesto.

5.

Orientar y preparar la priorización del Programa Anual de Caja, PAC, en el Presupuesto de Inversión de los sectores a su cargo, en colaboración con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y entidades del sector central, una vez sea aprobada la meta global de pagos por parte del Consejo de Política Fiscal, Confis.

6.

Preparar para consideración del Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, los análisis y propuestas de asignación de los excedentes financieros de los Establecimientos Públicos de los sectores a su cargo, en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

7.

Realizar el seguimiento a la utilización de los recursos del presupuesto de inversión de los sectores a su cargo mediante análisis de impacto, eficiencia y productividad de los programas y proyectos financiados por estos.

8.

Estudiar y proponer proyectos de ley, Decretos o Resoluciones que reglamenten o instrumenten el proceso presupuestal, de acuerdo con las competencias asignadas al Departamento.

9.

Realizar estudios y evaluaciones de proyectos y temas económicos, financieros e institucionales, considerados de especial interés para el Gobierno Nacional y hacer las recomendaciones que contribuyan al incremento de la calidad y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, en los sectores de su competencia.

10.

Realizar el análisis y seguimiento de los estados financieros, flujos de caja y presupuestos de las entidades descentralizadas que correspondan a los sectores a su cargo, identificando sus problemas y viabilidad financiera en el largo plazo, a través del diseño, monitoreo y proyección de indicadores de gestión financiera.

11.

Coordinar y evaluar la programación del presupuesto de inversión de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado que correspondan a los sectores a su cargo.

12.

Desarrollar e implementar herramientas de seguimiento y monitoreo a la gestión y desempeño financiero, operacional y fiscal de las entidades del sector descentralizado a su cargo.

13.

Preparar para consideración del Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, el proyecto de distribución de los excedentes financieros y las utilidades de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta asimiladas a estas y las demás Sociedades de Economía Mixta o entidades en las que la Nación o sus entidades tengan participación, que correspondan a los sectores asignados.

14.

Elaborar los reportes periódicos de los sectores a su cargo para el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, el Departamento Nacional de Planeación y las entidades del Gobierno Nacional, que incluyan los principales resultados y recomendaciones de los estudios, evaluaciones, ejecución presupuestal y análisis y proyecciones financieras.

15.

Analizar financieramente las operaciones de endeudamiento o asimiladas de las entidades del sector descentralizado bajo su responsabilidad y emitir conceptos sobre la materia y su impacto.

16.

Las demás que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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