ARTICULO 182. Prohibición de asimilar cargos administrativos. Para efectos oficiales, queda prohibido asimilar los sueldos de los cargos administrativos al de los Agentes de la Policía Nacional.
Decreto 1213 de 1990 →Vigente
Artículo 182
Prohibición De Asimilar Cargos Administrativos
Decreto 1213 de 1990 · Por el cual se reforma el Estatuto del Personal de Agentes de la Policía Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.