Mecanismo Público de Certificación de Origen del Hidrógeno y/o sus derivados . El Ministerio de Minas y Energía y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible podrán, en cualquier tiempo, adoptar un mecanismo público de certificación de origen del hidrógeno y/o derivados producidos en el país, con el que se asegure la unicidad y la trazabilidad de los insumos utilizados para la producción del hidrógeno y/o derivados, su intensidad en emisiones GEI o de otro tipo, así como cualquier otro atributo que se considere relevante monitorear.
Decreto 1073 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.7.3.4
Mecanismo Público De Certificación De Origen Del Hidrógeno Y/O Sus Derivados
Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.