Micelio

Artículo 1

Modifícase El Literal D) Del Artículo 21 Del Decreto 1681 De Septiembre 16 De 1996, El Cual Quedará Así: “ Artículo 21

Decreto 4555 de 2009 · por medio del cual se modifica el Decreto 1681 de 1996.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifícase el literal d) del artículo 21 del Decreto 1681 de septiembre 16 de 1996, el cual quedará así: “ Artículo 21. De los actos exentos. El ejercicio de la función notarial no causará derecho alguno en los siguientes casos: d) La protocolización del acta de matrimonio civil expedida por el juez colombiano o el ministro de culto de las Entidades Religiosas listadas en la parte considerativa de este decreto, así como las que llegaren a celebrar convenio de derecho público interno con el Estado colombiano, ante quien se celebró y la expedición de una copia”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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